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Sentencia Consejo de estado. Valor copia no autentica |
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No se requiere aportar copia autenticada del acto acusado para la admisión de la demanda. Antecedente jurisprudencial
Para la admisión de la demanda no se requieren que se aporten los actos acusados en copia auténtica , al respecto esta Sala en auto de 5 de julio de 2001, actor SEGUNDO CHARFUELAN, Consejero Ponente Dr ALEJANDRO ORDEÑEZ MALDONADO, dijo: “En el caso presente, la actora, como anexo de la demanda trajo copia simple de los actos acusados, es decir que por este aspecto no había lugar a ordenar la corrección de la misma, pues la norma no ordena que éstos deban venir autenticados. Lo anterior tiene su razón de ser en el hecho de que dichas copias son para aducir en proceso en el que la autoridad que los expidió va a ser parte y dentro del cual puede hacer uso de los mecanismos de defensa que le brinda la ley. Además de lo anterior, la exigencia que consagra el inciso 1º del precitado artículo, se hace indispensable para determinar ciertos aspectos procesales tales como caducidad, legitimación en la causa, etc., los cuales en este caso en particular, se podía hacer con las copias allegadas.
Sentencia del 1 de julio de 2009. Exp. 27001-23-31-000-2002-01189-01 (2604-05), M.P. BERTHA LUCIA RAMÍREZ DE PÁEZ
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