Organigrama Notaría 44
DESCRIPCIÓN DE LAS ÁREAS
1. CAJA: Liquidar y recaudar los derechos notariales e impuestos que se causen con ocasión a la prestación del servicio notarial en lo que respecta a: Autenticaciones, declaraciones extra juicio, expedición de copias de protocolo, expedición de copias de registro civil, derechos por conciliaciones y derechos por remates.
2. AUTENTICACIONES: Adelantar el trámite para la autenticación de las copias mecánicas, así como de la firma y huella dactilar de los usuarios que así lo demanden, para que la notaría los autorice. Debiendo identificar plenamente a los usuarios, con los documentos idóneos para el efecto como son: cédula de ciudadanía para nacionales colombianos; pasaporte para extranjeros sin domicilio en Colombia y cédula de extranjería para extranjeros domiciliados en Colombia
-Elaborar tarjetas de registro de firmas de usuarios que desean y puedan tener su firma registrada en la notaría. Igualmente deberá mantener actualizado el registro de dichas firmas.
3. DECLARACIONES: Elaborar declaraciones juramentadas, debiéndose copiar fidedignamente lo manifestado por el declarante.
4. REGISTRO CIVIL: Inscribir en el registro civil, los hechos relacionados con el estado civil de las personas, con el fin de darles publicidad e identificar frente a la sociedad a las personas que demanden el servicio.
5. PROTOCOLO: Organizar y administrar los documentos que forman parte del protocolo de escrituras públicas, conservandolo y custodiando para garantizar su estado e integridad, permitiendo su consulta por parte de los usuarios y de los funcionarios de la notaria cuando así se requiera.
6. RADICACIÓN: Realizar el proceso de radicación, brindándole al usuario toda la información concreta, exacta y específica sobre todos los documentos que se requieren para el otorgamiento de una escritura pública, teniendo en cuenta la normatividad vigente.
7. LIQUIDACIÓN:
8. VUR: Administración, control y mantenimiento de la infraestructura tecnológica de la notaría.
-Apoyo a las diferentes áreas de atención a usuarios en los procesos de la notaría.
-Extraer la información que reposa en la base de datos de la Notaría, para efectos de generar los informes que periódicamente se deben presentar a las distintas autoridades.
-Liderar al manejo del aplicativo de la VENTANILLA ÚNICA DE REGISTRO “VUR”
9. NOTARIO: La notaría es un particular que con la autoridad delegada por el estado dentro del principio conocido como descentralización por colaboración presta un servicio público como lo es el de dar Fe Pública, revistiendo de seguridad jurídica los actos, hechos y negocios jurídicos celebrados por cualquier clase de persona o entidad.
- la función fedataria es rogada, pues solo se presta a solicitud del interesado, salvo las escrituras que llegan por reparto
- la notaria debe asesorar con imparcialidad a los usuarios que demanden sus servicios, aconsejandoles de forma conciliadora, ejerciendo el control de legalidad que le corresponde, velando por la regularidad formal de los instrumentos que autoriza, mas no por la veracidad de las declaraciones contenidas en los mismos.
10. DIGITACIÓN: Elaborar las minutas de los actos o negocios jurídicos que los usuarios pretendan solemnizar por escritura pública, verificando que se aporten para su protocolización o mera consulta la documentación necesaria para cada escritura según la clase de negocio o acto jurídico.
11. ASESOR JURÍDICO: prestar el servicio de revisión de los actos y negocios jurídicos que se pretenden solemnizar mediante escritura pública, haciendo el control de legalidad que formalmente le corresponde a los notarios.
- Asesorar a los usuarios para que los actos o negocios jurídicos que se pretenden formalizar por escritura pública tengan plena validez a la luz de la legislación.
1. CAJA: Liquidar y recaudar los derechos notariales e impuestos que se causen con ocasión a la prestación del servicio notarial en lo que respecta a: Autenticaciones, declaraciones extra juicio, expedición de copias de protocolo, expedición de copias de registro civil, derechos por conciliaciones y derechos por remates.
2. AUTENTICACIONES: Adelantar el trámite para la autenticación de las copias mecánicas, así como de la firma y huella dactilar de los usuarios que así lo demanden, para que la notaría los autorice. Debiendo identificar plenamente a los usuarios, con los documentos idóneos para el efecto como son: cédula de ciudadanía para nacionales colombianos; pasaporte para extranjeros sin domicilio en Colombia y cédula de extranjería para extranjeros domiciliados en Colombia
-Elaborar tarjetas de registro de firmas de usuarios que desean y puedan tener su firma registrada en la notaría. Igualmente deberá mantener actualizado el registro de dichas firmas.
3. DECLARACIONES: Elaborar declaraciones juramentadas, debiéndose copiar fidedignamente lo manifestado por el declarante.
4. REGISTRO CIVIL: Inscribir en el registro civil, los hechos relacionados con el estado civil de las personas, con el fin de darles publicidad e identificar frente a la sociedad a las personas que demanden el servicio.
5. PROTOCOLO: Organizar y administrar los documentos que forman parte del protocolo de escrituras públicas, conservandolo y custodiando para garantizar su estado e integridad, permitiendo su consulta por parte de los usuarios y de los funcionarios de la notaria cuando así se requiera.
6. RADICACIÓN: Realizar el proceso de radicación, brindándole al usuario toda la información concreta, exacta y específica sobre todos los documentos que se requieren para el otorgamiento de una escritura pública, teniendo en cuenta la normatividad vigente.
7. LIQUIDACIÓN:
8. VUR: Administración, control y mantenimiento de la infraestructura tecnológica de la notaría.
-Apoyo a las diferentes áreas de atención a usuarios en los procesos de la notaría.
-Extraer la información que reposa en la base de datos de la Notaría, para efectos de generar los informes que periódicamente se deben presentar a las distintas autoridades.
-Liderar al manejo del aplicativo de la VENTANILLA ÚNICA DE REGISTRO “VUR”
9. NOTARIO: La notaría es un particular que con la autoridad delegada por el estado dentro del principio conocido como descentralización por colaboración presta un servicio público como lo es el de dar Fe Pública, revistiendo de seguridad jurídica los actos, hechos y negocios jurídicos celebrados por cualquier clase de persona o entidad.
- la función fedataria es rogada, pues solo se presta a solicitud del interesado, salvo las escrituras que llegan por reparto
- la notaria debe asesorar con imparcialidad a los usuarios que demanden sus servicios, aconsejandoles de forma conciliadora, ejerciendo el control de legalidad que le corresponde, velando por la regularidad formal de los instrumentos que autoriza, mas no por la veracidad de las declaraciones contenidas en los mismos.
10. DIGITACIÓN: Elaborar las minutas de los actos o negocios jurídicos que los usuarios pretendan solemnizar por escritura pública, verificando que se aporten para su protocolización o mera consulta la documentación necesaria para cada escritura según la clase de negocio o acto jurídico.
11. ASESOR JURÍDICO: prestar el servicio de revisión de los actos y negocios jurídicos que se pretenden solemnizar mediante escritura pública, haciendo el control de legalidad que formalmente le corresponde a los notarios.
- Asesorar a los usuarios para que los actos o negocios jurídicos que se pretenden formalizar por escritura pública tengan plena validez a la luz de la legislación.