La implementación de la Ventanilla Unica de Registro VUR. Nos ha permitido disminuir los requisitos de venta EN BOGOTÁ. DEL INMUEBLE 1. Recibo de pago del predial del año en que se efectúa la compraventa (Sólo para inmuebles en Bogotá) VUR. 2. Paz y salvo predial del año en que se efectúa la compraventa, si el inmueble no es de Bogotá paz y salvo municipal del impuesto predial y paz y salvo departamental de valorización correspondientes al año del otorgamiento. 3. Título antecedente. Escritura mediante la cual el vendedor adquirió el inmueble. 4. Paz y salvo de valorización, cuya vigencia al expedirlo es de un mes (Si el inmueble está ubicado en Bogotá). O que el inmueble no esta gravado por valorización. 5. Si está sometido a propiedad horizontal (casas en conjunto, edificios), paz y salvo de administración. 6. Si la venta incluye la propiedad de garaje (s) es necesario adjuntar los mismos documentos. Este requisito no es necesario en el caso de garajes comunes con uso exclusivo. DE LAS PERSONAS 1. Cédulas de ciudadanía de comprador y vendedor 2. Se debe anexar el poder especial o general, cuando las partes no pueden comparecer al despacho notarial. 3. Las personas jurídicas deben anexar certificado de existencia y representación legal y si el representante legal no está facultado estatutariamente para realizar el acto, el acta de la junta o asamblea de socios, mediante la cual lo autoriza |
Gastos
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Tener en cuentaEl inmueble debe estar a paz y salvo por todo concepto de impuestos.
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