Matrimonio civil con extranjeros
- Copia de registros civiles de nacimientos con nota válida para matrimonio, expedidos con fecha no mayor de tres (3) meses, en relación con la fecha de la solicitud.
- Fotocopias de cédulas de ciudadanía.c. Si alguno de los dos contrayentes ha estado casado debe traer el documento que acredita su divorcio, registro de Matrimonio y Nota en el registros civil de nacimiento. Si alguno de los dos contrayentes tiene hijos menores de edad, debe solicitar ante el juez de familia un inventario solemne de bienes.e. Si son hijos de la pareja, deben anexar registro civil con fecha no mayor a 3 meses, para la legitimación
Certificado de soltería
Fotocopia del pasaporte
Si es divorciado, sentencia de divorcio
Se fijará edicto por el término de 5 días hábiles